Importante: no hace falta tener todo para empezar. Con la documentación básica se puede iniciar el expediente y el resto se completa durante el trámite.
1. Documentación de la persona fallecida
- Partida o acta de defunción. Es el punto de partida. Se pide en el Registro Civil donde se inscribió el fallecimiento.
- DNI del causante, o al menos su número.
- Último domicilio. Define qué juzgado es competente, así que es un dato clave. Suele surgir del DNI o de la partida de defunción.
- Testamento, si existe. Si no sabés si hizo uno, se puede consultar en el Registro de Actos de Última Voluntad.
2. Documentación que acredita el vínculo
Hay que demostrar el parentesco de cada heredero con el causante:
- Hijos: partida de nacimiento de cada uno.
- Cónyuge: partida de matrimonio actualizada. Si hubo divorcio, la sentencia.
- Nietos que heredan por un hijo fallecido: partida de defunción de ese hijo y partidas de nacimiento de los nietos.
- Si no hay hijos: heredan los padres, y en su defecto hermanos o sobrinos. En cada caso hace falta la cadena de partidas que muestra el vínculo.
Además, el DNI y los datos de contacto de cada heredero.
3. Información sobre los bienes
Para esta etapa alcanza con los datos; los documentos formales se piden después.
- Inmuebles: dirección, y si lo tenés, copia de la escritura, datos de matrícula o partida inmobiliaria y una boleta de impuesto inmobiliario (sirve para conocer la valuación fiscal).
- Vehículos: dominio (patente) o título del automotor.
- Cuentas bancarias e inversiones: banco y, si se conoce, número de cuenta.
- Participaciones en sociedades, créditos, bienes en el exterior: cualquier dato que tengas.
La valuación de los bienes importa porque sobre ella se calcula la tasa de justicia y otros gastos del trámite.
4. Lo que podés dejar para después
- Informes de dominio e inhibiciones de los registros: los pido yo durante el trámite.
- Libre deuda de impuestos y servicios: se necesitan más adelante, sobre todo para inscribir o vender.
- Tasaciones: solo en algunos casos.
¿Y si falta alguna partida?
Es muy común. Las partidas se pueden pedir en línea en muchos registros civiles, y si hay errores (un apellido mal escrito, una fecha distinta) existen trámites para rectificarlas. No es motivo para frenar la sucesión: lo resolvemos en paralelo.
¿Querés tu lista personalizada?
Contame tu caso y te digo exactamente qué documentación necesitás, sin trámites innecesarios.
Escribime por WhatsApp